¿Como obtener la cobertura del FOGAIN? III parte

Solo pueden beneficiarse de la cobertura del FOGAIN los inversores no profesionales que operen a través de intermediarios autorizados y registrados en la CNMV.

Ante alguna de las situaciones mencionadas de insolvencia del intermediario, que impida la recuperación del efectivo o los valores depositados, el inversor debe dirigirse a la Gestora del Fondo General de Garantía de Inversiones. En su página web es posible encontrar los formularios de reclamación necesarios para solicitar las compensaciones.

El cálculo de la cantidad que puede reclamar el inversor se realiza sumando el efectivo depositado y el valor de mercado de los instrumentos financieros que se encuentren a su nombre, en la fecha en que se declare la insolvencia de la entidad intermediaria. En su caso, se agregarán los saldos de las distintas cuentas para calcular la posición global neta.

Si hubiera varios titulares para una misma cuenta, las posiciones individuales se calcularán según lo que establezca el contrato firmado con la entidad o, en su defecto, a partes iguales entre todos ellos. Hay que recordar que el FOGAIN cubre un máximo de 20.000 euros por cada inversor.

El FOGAIN pagará las indemnizaciones cuando, tras las verificaciones oportunas, considere debidamente acreditados los saldos reclamados.

Vía | CNMV

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