Fondo de Garantía de Inversión. FOGAIN (1ª parte)
Para poder participar en los mercados de valores es necesario recurrir a las entidades que se encuentran autorizadas para realizar labores de intermediación (entidades de crédito y empresas de servicios de inversión).
La obtención de esta autorización implica que se trata de entidades sujetas al cumplimiento de una serie de requisitos de solvencia y normas de conducta destinados a proteger al inversor. Los reguladores financieros (Comisión Nacional del Mercado de Valores y Banco de España) supervisan el cumplimiento de estas exigencias legales.
Además, las empresas de servicios de inversión autorizadas realizan aportaciones para el mantenimiento de un Fondo de Garantía de Inversiones (FOGAIN), que ofrece a los inversores una protección adicional en determinadas circustancias.
¿Que supuestos cubre el FOGAIN?
El Fondode Garantía de Inversiones asegura a los clientes de una empresa de servicios de inverión la recuperación del efectivo o los instrumentos financieros que le hubieran confiado, con un máximo de 20.000 euros por inversor, cuando la entidad no pueda restituírselos por alguna de las siguientes circustancias:
- Concurso de acreedores
- Declaración administrativa de la CNMV, indicando que la sociedad no puede cumplir con las obligaciones contraídas con sus clientes, por razones relacionadas con su situación financiera. Para esto es necesario que hayan transcurrido 21 días hábiles desde que el inversor hubiera solicitado sin éxito la restitución de sus bienes (efectivo o valores).
Es importante recordar que el FOGAIN no cubre las pérdidas de valor que sufran las inversiones como consecuencia del funcionamiento de los mercados. Estas deben ser asumidas por el inversor como un riesgo propio del mercado en el que opera.
Fuente CNMV
No nos enañemos, todos estamos aqui para hacernos ricos, por favor por compañerismo desde hace años decirme como.
Pues es muy facil. Compra barato y vende caro.