En el contexto de las relaciones con las entidades financieras de las que somos clientes pueden surgir problemas, discrepancias o diferencias de interpretación por diversos motivos: fallos de comunicación, actuación deficiente de los intermediarios, errónea comprensión por parte del cliente…
También pueden darse situaciones de discrepancia con otros agentes profesionales de los mercados, por ejemplo las sociedades cotizadas o emisoras o el propio regulador (CNMV).
Pero, ¿sabemos cuáles son nuestros derechos como inversores?, ¿estamos informados sobre cuándo, cómo y dónde reclamar?
Aunque el inversor siempre conserva su derecho a interponer una reclamación, existen supuestos en los que puede estar justificada, y en otros en los que no es así:
Es posible interponer una reclamación cuando existan indicios de que la incidencia objeto de la misma pueda obedecer a una conducta inapropiada de la entidad: retrasos, falta de atención, deficiencias en el servicio prestado o incumplimientos del contrato suscrito y de las normas de conducta en los mercados de valores.
Por el contrario no serían objeto de reclamación aquellas situaciones en las que el descontento se deba a factores relacionados con el normal funcionamiento de los emrcados, como por ejemplo la desfavorable o inesperada evolución del valor de nuestras inversiones (la incertidumbre sobre los resultados, y en consecuencia la posibilidad de pérdidas, es una característica inherente a los mercados de valores).
Pra distinguir en cual de los dos supuestos nos encontramos y obtener información acerca de cómo ejercitar nuestros derechos, no debemos dudar en dirigirnos a la Oficina de Atención al inversor de la CNMV.
Entre otras funciones, este servicio resuelve las consultas de los inversores particulares, ya sean referidas a la posibilidad de reclamar o a cualquier otro aspecto derivado de neustra presencia y participación en los mercados de valores: contenidos de los registros públicos, legislación, información sobre productos y mercados…
¿Cómo puedo dirigirme a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para plantear mi consulta?
A través de cualquiera de los cauces habilitados para ello: teléfono, correo electrónico o correo postal, dirigiendo el escrito a la Oficina de Atención al Inversor. En la página web de la CNMV también encontrará una amplia información que puede servir para aclarar dudas así como las direcciones y teléfonos de contacto.
Vía | CNMV